{"id":9217,"date":"2026-11-02T16:19:23","date_gmt":"2026-11-02T15:19:23","guid":{"rendered":"https:\/\/suarezdevivero.com\/?p=9217"},"modified":"2026-11-02T17:13:18","modified_gmt":"2026-11-02T16:13:18","slug":"despido-inteligencia-artificial-causa-objetiva","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/suarezdevivero.com\/es\/despido-inteligencia-artificial-causa-objetiva\/","title":{"rendered":"Inteligencia artificial y despido objetivo: \u00bfpuede la IA justificar la amortizaci\u00f3n de puestos?"},"content":{"rendered":"\n<h4 class=\"wp-block-heading\">La implantaci\u00f3n de inteligencia artificial puede formar parte de una reestructuraci\u00f3n empresarial, pero no constituye por s\u00ed sola una causa autom\u00e1tica de despido La incorporaci\u00f3n de herramientas de inteligencia artificial est\u00e1 transformando la organizaci\u00f3n de muchas empresas. La automatizaci\u00f3n de determinadas tareas, la reducci\u00f3n de tiempos de producci\u00f3n y la aparici\u00f3n de nuevas formas de trabajar pueden modificar las necesidades de personal y llevar a las compa\u00f1\u00edas a replantear sus estructuras.<\/h4>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Esta transformaci\u00f3n plantea una cuesti\u00f3n laboral cada vez m\u00e1s relevante: \u00bfpuede una empresa justificar un despido objetivo o un despido colectivo por la implantaci\u00f3n de inteligencia artificial?<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La respuesta no puede ser simplemente afirmativa por el hecho de que una empresa haya incorporado una herramienta de IA. La inteligencia artificial no constituye, por s\u00ed misma, una nueva causa aut\u00f3noma de despido. Su implantaci\u00f3n puede formar parte de las causas t\u00e9cnicas u organizativas previstas por el Estatuto de los Trabajadores cuando produzca un cambio real en los medios de producci\u00f3n, en los m\u00e9todos de trabajo o en la organizaci\u00f3n empresarial y exista una relaci\u00f3n suficientemente acreditada entre ese cambio y la necesidad de amortizar determinados puestos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Esta cuesti\u00f3n ha adquirido especial relevancia tras la <a href=\"https:\/\/www.poderjudicial.es\/search\/AN\/openDocument\/2a90e6f869bb7ec7a0a8778d75e36f0d\/20261023\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Sentencia 864\/2026 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 8 de octubre de 2026<\/a>, dictada en el contexto de un expediente de regulaci\u00f3n de empleo de una empresa dedicada al desarrollo de videojuegos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La resoluci\u00f3n constituye un pronunciamiento de inter\u00e9s, aunque debe analizarse con cautela. Se trata de una sentencia de un Tribunal Superior de Justicia y no de una sentencia del Tribunal Supremo que haya consolidado jurisprudencia sobre esta materia.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">La inteligencia artificial no es, por s\u00ed sola, una causa de despido<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El punto de partida se encuentra en el art\u00edculo 51 del Estatuto de los Trabajadores, que regula el despido colectivo por causas econ\u00f3micas, t\u00e9cnicas, organizativas o de producci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/eli\/es\/rdlg\/2015\/10\/23\/2\/con\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">art\u00edculo 51 del Estatuto de los Trabajadores<\/a> contempla como causas t\u00e9cnicas los cambios, entre otros, en los medios o instrumentos de producci\u00f3n; como causas organizativas, los cambios en los sistemas y m\u00e9todos de trabajo o en la forma de organizar la producci\u00f3n; y como causas productivas, los cambios en la demanda de los productos o servicios que la empresa pretende colocar en el mercado.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Es precisamente dentro de estas categor\u00edas donde puede encajar la introducci\u00f3n de inteligencia artificial.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La cuesti\u00f3n no es, por tanto, si la empresa utiliza IA, sino qu\u00e9 transformaci\u00f3n produce esa tecnolog\u00eda en la actividad empresarial y por qu\u00e9 esa transformaci\u00f3n hace necesaria la reorganizaci\u00f3n de la plantilla.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Esta distinci\u00f3n resulta fundamental. Una empresa no puede justificar la amortizaci\u00f3n de un puesto limit\u00e1ndose a afirmar que ha incorporado herramientas de inteligencia artificial. Debe explicar qu\u00e9 tecnolog\u00eda se ha introducido, qu\u00e9 tareas modifica, qu\u00e9 impacto tiene sobre el proceso productivo y por qu\u00e9 ese impacto afecta precisamente a determinados puestos de trabajo.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">El caso de la empresa de videojuegos<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El asunto analizado por el TSJ de Madrid se origin\u00f3 en una empresa dedicada al desarrollo de videojuegos que inici\u00f3 un procedimiento de despido colectivo que afectaba a trece personas trabajadoras.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La empresa atravesaba adem\u00e1s una situaci\u00f3n econ\u00f3mica negativa. Seg\u00fan los hechos recogidos en la resoluci\u00f3n, su cifra neta de negocios pas\u00f3 de aproximadamente 7,99 millones de euros en 2023 a 4,60 millones en 2024, ejercicio que termin\u00f3 con p\u00e9rdidas superiores a 3,5 millones de euros. La compa\u00f1\u00eda hab\u00eda comunicado tambi\u00e9n su situaci\u00f3n de insolvencia al Juzgado de lo Mercantil.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El procedimiento afectaba a diferentes \u00e1reas de la organizaci\u00f3n y no todas las amortizaciones respond\u00edan a la misma causa.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En el \u00e1rea art\u00edstica, la empresa explic\u00f3 que la utilizaci\u00f3n de im\u00e1genes generadas mediante inteligencia artificial permit\u00eda mejorar determinados resultados visuales y reducir el tiempo necesario para producir determinadas escenas. Esta transformaci\u00f3n tecnol\u00f3gica llev\u00f3 a reorganizar el equipo de arte 3D y a reducir el n\u00famero de profesionales necesarios.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En otras \u00e1reas, sin embargo, la empresa invoc\u00f3 razones diferentes, relacionadas con la menor rentabilidad de determinados proyectos, la reducci\u00f3n del n\u00famero de nuevos videojuegos o la simplificaci\u00f3n de los guiones.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Esta diferenciaci\u00f3n resulta importante porque demuestra que la IA no fue presentada como una explicaci\u00f3n gen\u00e9rica para toda la reestructuraci\u00f3n, sino como un factor concreto dentro de una reorganizaci\u00f3n empresarial m\u00e1s amplia.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Una precisi\u00f3n importante sobre lo que realmente decidi\u00f3 el TSJ de Madrid<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Existe una cuesti\u00f3n que conviene aclarar para interpretar correctamente la sentencia.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El recurso que lleg\u00f3 al Tribunal Superior de Justicia de Madrid correspond\u00eda a una guionista incluida en el expediente de regulaci\u00f3n de empleo. Su despido hab\u00eda sido declarado improcedente en primera instancia y la trabajadora solicitaba que se declarara nulo, alegando, entre otras cuestiones, vulneraci\u00f3n de la garant\u00eda de indemnidad y falta de buena fe durante el periodo de consultas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El despido de la modeladora 3D, cuya carta s\u00ed explicaba el impacto de la inteligencia artificial sobre el proceso productivo, hab\u00eda sido declarado procedente en primera instancia, pero esa decisi\u00f3n no fue recurrida.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por tanto, el TSJ de Madrid no estaba revisando directamente la procedencia del despido de la modeladora 3D. Lo relevante es que la resoluci\u00f3n recoge y analiza ese contexto dentro del procedimiento colectivo y permite observar c\u00f3mo se hab\u00eda justificado la reorganizaci\u00f3n del \u00e1rea art\u00edstica.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Este matiz es importante porque ser\u00eda incorrecto afirmar que el TSJ de Madrid ha establecido que \u00abla IA permite despedir a trabajadores\u00bb. Lo que ofrece la resoluci\u00f3n es un criterio sobre la integraci\u00f3n de una transformaci\u00f3n tecnol\u00f3gica dentro de las causas ETOP y sobre la necesidad de acreditar la realidad de esa transformaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">La implantaci\u00f3n de IA debe producir un cambio real en la organizaci\u00f3n<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El criterio que se desprende del caso es que la empresa debe acreditar una transformaci\u00f3n efectiva.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">No basta con demostrar que se ha adquirido una herramienta de inteligencia artificial o que la compa\u00f1\u00eda tiene intenci\u00f3n de automatizar determinados procesos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Debe existir una conexi\u00f3n entre la tecnolog\u00eda y la reorganizaci\u00f3n empresarial.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En t\u00e9rminos pr\u00e1cticos, la empresa deber\u00eda poder explicar qu\u00e9 tareas se han automatizado o reducido, c\u00f3mo ha cambiado el proceso de trabajo, qu\u00e9 funciones dejan de ser necesarias y por qu\u00e9 ese cambio afecta a determinados puestos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La documentaci\u00f3n adquiere as\u00ed una importancia esencial.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Una carta de despido que simplemente indique que la empresa est\u00e1 incorporando IA tendr\u00e1 una capacidad justificativa limitada si no explica el impacto concreto que esa transformaci\u00f3n produce sobre el puesto afectado.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por el contrario, cuando la empresa puede documentar el proceso productivo anterior, el nuevo modelo de organizaci\u00f3n y la reducci\u00f3n efectiva de determinadas funciones, la conexi\u00f3n entre la causa empresarial y la amortizaci\u00f3n del puesto resulta mucho m\u00e1s defendible.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">La IA puede integrarse en las causas t\u00e9cnicas y organizativas<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La sentencia permite encajar la transformaci\u00f3n derivada de la inteligencia artificial dentro de las categor\u00edas tradicionales del Derecho Laboral.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Si la tecnolog\u00eda modifica los medios o instrumentos utilizados para producir bienes o prestar servicios, puede existir una dimensi\u00f3n t\u00e9cnica.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Si modifica los m\u00e9todos de trabajo, la distribuci\u00f3n de funciones o la forma de organizar la producci\u00f3n, puede existir una dimensi\u00f3n organizativa.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Y si la transformaci\u00f3n tecnol\u00f3gica est\u00e1 vinculada a un cambio en la demanda de los productos o servicios, puede adquirir relevancia desde una perspectiva productiva.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/eli\/es\/rdlg\/2015\/10\/23\/2\/con\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">art\u00edculo 51 del Estatuto de los Trabajadores<\/a> no exige que la causa empresarial tenga un nombre espec\u00edfico relacionado con la tecnolog\u00eda. Lo relevante es que los hechos acreditados encajen en alguna de las categor\u00edas legalmente previstas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por ello, hablar de un \u00abdespido por IA\u00bb puede resultar \u00fatil desde una perspectiva divulgativa, pero jur\u00eddicamente es m\u00e1s preciso hablar de una reestructuraci\u00f3n empresarial en la que la implantaci\u00f3n de inteligencia artificial genera cambios t\u00e9cnicos u organizativos con impacto sobre determinados puestos.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">El nexo causal es la cuesti\u00f3n central<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La empresa debe poder explicar por qu\u00e9 la implantaci\u00f3n de la tecnolog\u00eda conduce a la necesidad de reducir determinados puestos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Este nexo causal es probablemente uno de los elementos m\u00e1s importantes de cualquier procedimiento de reestructuraci\u00f3n basado en una transformaci\u00f3n tecnol\u00f3gica.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">No basta con acreditar simult\u00e1neamente dos hechos: que la empresa utiliza IA y que necesita reducir plantilla.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Debe explicarse la relaci\u00f3n entre ambos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por ejemplo, si una herramienta permite realizar determinadas tareas en una fracci\u00f3n del tiempo anterior, la empresa deber\u00eda poder explicar c\u00f3mo esa mejora de productividad modifica las necesidades de personal, qu\u00e9 funciones permanecen y qu\u00e9 funciones dejan de ser necesarias.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La l\u00f3gica empresarial debe poder trasladarse a la documentaci\u00f3n laboral.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El criterio resulta coherente con la doctrina reciente de otros Tribunales Superiores de Justicia, que exige acreditar un cambio efectivo en los medios o m\u00e9todos de trabajo y su conexi\u00f3n con la reducci\u00f3n de funciones o necesidades de personal.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">La transformaci\u00f3n tecnol\u00f3gica no elimina las obligaciones del periodo de consultas<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Cuando la utilizaci\u00f3n de IA se integra en un despido colectivo, la empresa debe cumplir igualmente las obligaciones propias del procedimiento.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La transformaci\u00f3n tecnol\u00f3gica no reduce las exigencias de informaci\u00f3n y consulta ni permite convertir el periodo de consultas en una mera formalidad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La empresa debe proporcionar a la representaci\u00f3n de las personas trabajadoras la informaci\u00f3n necesaria para comprender las causas del procedimiento y negociar de buena fe.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En este contexto, la documentaci\u00f3n relativa a la implantaci\u00f3n de la tecnolog\u00eda puede adquirir una importancia especial: qu\u00e9 procesos se modifican, qu\u00e9 funciones se ven afectadas, qu\u00e9 estructura tendr\u00e1 el equipo despu\u00e9s de la reorganizaci\u00f3n y qu\u00e9 criterios se han utilizado para determinar las posiciones afectadas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La propia p\u00e1gina de <a href=\"https:\/\/suarezdevivero.com\/es\/servicios\/reestructuraciones-empresariales\/\">Reestructuraciones empresariales de Su\u00e1rez de Vivero<\/a> destaca la importancia de alinear desde el inicio la justificaci\u00f3n empresarial, la prueba, el impacto sobre la plantilla, los deberes de consulta y la documentaci\u00f3n del proceso.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">La selecci\u00f3n de las personas afectadas tambi\u00e9n debe poder justificarse<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La transformaci\u00f3n tecnol\u00f3gica puede explicar que una empresa necesite reducir una determinada funci\u00f3n, pero no necesariamente determina qu\u00e9 persona concreta debe abandonar la organizaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Son dos cuestiones diferentes.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Una vez acreditada la necesidad de reorganizar un equipo, la empresa debe poder justificar los criterios utilizados para determinar las posiciones o personas afectadas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Experiencia, conocimientos espec\u00edficos, especializaci\u00f3n, capacidad para asumir las funciones que permanecen o necesidades concretas del nuevo modelo organizativo pueden ser elementos relevantes, siempre que respondan a criterios objetivos y coherentes con la reorganizaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La selecci\u00f3n no puede convertirse en una decisi\u00f3n arbitraria escondida detr\u00e1s de una transformaci\u00f3n tecnol\u00f3gica.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por este motivo, la planificaci\u00f3n de una reestructuraci\u00f3n basada en IA debe abordar desde el principio tanto la causa empresarial como los criterios de afectaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">\u00bfPuede una empresa utilizar la IA para sustituir puestos de trabajo?<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Desde una perspectiva laboral, una empresa puede reorganizar su estructura cuando existen causas econ\u00f3micas, t\u00e9cnicas, organizativas o productivas que lo justifiquen y siempre que se cumplan los requisitos legales correspondientes.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La cuesti\u00f3n no es si la tecnolog\u00eda puede sustituir determinadas tareas. La cuesti\u00f3n es si esa sustituci\u00f3n produce una transformaci\u00f3n empresarial real que pueda encajar en las causas legalmente previstas y si la empresa puede acreditarla.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La introducci\u00f3n de IA puede, por tanto, formar parte de una reestructuraci\u00f3n, pero no convierte autom\u00e1ticamente en procedente cualquier despido de una persona cuyas funciones puedan ser parcialmente automatizadas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La empresa deber\u00e1 demostrar el impacto real de la tecnolog\u00eda, la necesidad de la reorganizaci\u00f3n y la conexi\u00f3n entre ambos elementos.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">No toda reestructuraci\u00f3n tecnol\u00f3gica tiene que terminar en despidos<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La transformaci\u00f3n tecnol\u00f3gica puede producir diferentes respuestas empresariales.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En algunos casos puede ser necesario reducir determinados puestos. En otros, la empresa puede reorganizar funciones, formar a las personas trabajadoras, modificar procesos o redistribuir responsabilidades.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El propio <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/eli\/es\/rdlg\/2015\/10\/23\/2\/con\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">art\u00edculo 52.b) del Estatuto de los Trabajadores<\/a> contempla la falta de adaptaci\u00f3n del trabajador a modificaciones t\u00e9cnicas operadas en su puesto como una causa espec\u00edfica de extinci\u00f3n objetiva, aunque sometida a requisitos propios, entre ellos la obligaci\u00f3n empresarial de ofrecer previamente una formaci\u00f3n dirigida a facilitar la adaptaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Esto demuestra que el ordenamiento laboral contempla diferentes respuestas ante la transformaci\u00f3n tecnol\u00f3gica.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La empresa debe analizar cu\u00e1l corresponde a la situaci\u00f3n concreta antes de optar directamente por la amortizaci\u00f3n del puesto.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">La importancia de documentar el antes y el despu\u00e9s<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En una reestructuraci\u00f3n vinculada a inteligencia artificial, la prueba deber\u00eda comenzar antes de comunicar cualquier despido.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La empresa deber\u00eda poder reconstruir c\u00f3mo funcionaba el proceso productivo antes de la transformaci\u00f3n, qu\u00e9 cambios se han introducido y cu\u00e1l es la estructura resultante.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Esta documentaci\u00f3n puede incluir an\u00e1lisis de procesos, reorganigramas, descripciones de puestos, estudios de productividad, documentaci\u00f3n t\u00e9cnica, planificaci\u00f3n de recursos y criterios utilizados para definir la nueva estructura.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El objetivo no es generar documentaci\u00f3n artificial para justificar una decisi\u00f3n ya tomada, sino documentar de forma coherente una transformaci\u00f3n empresarial real.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La intervenci\u00f3n temprana del asesoramiento laboral resulta especialmente importante en este punto. Su\u00e1rez de Vivero asesora a empresas en procesos de reestructuraci\u00f3n desde la evaluaci\u00f3n de las causas y alternativas hasta la documentaci\u00f3n, negociaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y defensa del procedimiento.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Inteligencia artificial y Derecho Laboral: una cuesti\u00f3n que seguir\u00e1 evolucionando<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La resoluci\u00f3n del TSJ de Madrid debe interpretarse como un pronunciamiento relevante, pero todav\u00eda dentro de una jurisprudencia en evoluci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La sentencia no establece una regla general seg\u00fan la cual la implantaci\u00f3n de inteligencia artificial permita justificar autom\u00e1ticamente un despido.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Tampoco determina cu\u00e1ndo una herramienta de IA sustituye jur\u00eddicamente a una persona trabajadora o qu\u00e9 nivel de automatizaci\u00f3n debe considerarse suficiente para justificar la amortizaci\u00f3n de un puesto.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Lo que confirma es la necesidad de analizar la transformaci\u00f3n tecnol\u00f3gica dentro de las categor\u00edas tradicionales de las causas ETOP y de acreditar su impacto real sobre la organizaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La evoluci\u00f3n tecnol\u00f3gica probablemente har\u00e1 que estas cuestiones aparezcan con mayor frecuencia ante los tribunales. Para las empresas, esto hace especialmente importante adoptar una aproximaci\u00f3n preventiva: analizar la estructura laboral antes de implantar la tecnolog\u00eda y documentar c\u00f3mo la transformaci\u00f3n modifica realmente la organizaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">El papel de la asesor\u00eda laboral ante la transformaci\u00f3n tecnol\u00f3gica<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La incorporaci\u00f3n de inteligencia artificial no deber\u00eda analizarse \u00fanicamente desde una perspectiva tecnol\u00f3gica.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Cuando afecta a la organizaci\u00f3n del trabajo, puede implicar cuestiones de contrataci\u00f3n, funciones, formaci\u00f3n, representaci\u00f3n de las personas trabajadoras, protecci\u00f3n de datos, pol\u00edticas internas y, eventualmente, reestructuraci\u00f3n de plantilla.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En Su\u00e1rez de Vivero asesoramos a empresas en <a href=\"https:\/\/suarezdevivero.com\/es\/servicios\/tecnologia-organizacion-del-trabajo-espana\/\">Tecnolog\u00eda y Organizaci\u00f3n del Trabajo en Espa\u00f1a<\/a>, incluyendo inteligencia artificial en la gesti\u00f3n de plantilla, toma de decisiones automatizada, gesti\u00f3n algor\u00edtmica, obligaciones de consulta y conflictos laborales vinculados a la tecnolog\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Cuando la transformaci\u00f3n tecnol\u00f3gica implica una reducci\u00f3n de plantilla, nuestro equipo tambi\u00e9n acompa\u00f1a a las empresas en <a href=\"https:\/\/suarezdevivero.com\/es\/servicios\/reestructuraciones-empresariales\/\">reestructuraciones empresariales<\/a>, incluyendo despidos colectivos, reorganizaciones, negociaci\u00f3n con la representaci\u00f3n de las personas trabajadoras y defensa del procedimiento.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Y cuando la decisi\u00f3n empresarial termina siendo impugnada, asesoramos en <a href=\"https:\/\/suarezdevivero.com\/es\/servicios\/litigacion-laboral-en-espana\/\">litigaci\u00f3n laboral en Espa\u00f1a<\/a>, incluyendo despidos individuales y colectivos y conflictos derivados de procesos de reestructuraci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Una transformaci\u00f3n tecnol\u00f3gica debe poder explicarse jur\u00eddicamente<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La principal conclusi\u00f3n que puede extraerse de este nuevo escenario es sencilla: la IA puede transformar una organizaci\u00f3n, pero no sustituye la necesidad de justificar jur\u00eddicamente una decisi\u00f3n empresarial.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Una empresa que introduce inteligencia artificial puede modificar sus procesos, reducir tiempos de producci\u00f3n y reorganizar sus equipos. Pero cuando esa transformaci\u00f3n afecta al empleo, debe poder explicar qu\u00e9 ha cambiado, por qu\u00e9 ha cambiado y qu\u00e9 relaci\u00f3n existe entre ese cambio y las decisiones adoptadas respecto de la plantilla.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La tecnolog\u00eda puede ser el origen de una reestructuraci\u00f3n. No es, por s\u00ed sola, la justificaci\u00f3n jur\u00eddica de un despido.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En Su\u00e1rez de Vivero asesoramos a empresas nacionales e internacionales en transformaci\u00f3n tecnol\u00f3gica, reestructuraci\u00f3n empresarial, despidos colectivos y litigaci\u00f3n laboral, integrando la perspectiva jur\u00eddica con las necesidades organizativas y estrat\u00e9gicas de la compa\u00f1\u00eda.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Preguntas frecuentes sobre inteligencia artificial y despido objetivo<\/h2>\n\n\n<div id=\"rank-math-faq\" class=\"rank-math-block\">\n<div class=\"rank-math-list \">\n<div id=\"faq-question-1793631870308\" class=\"rank-math-list-item\">\n<h3 class=\"rank-math-question \">\u00bfPuede una empresa despedir a un trabajador porque ha implantado inteligencia artificial?<\/h3>\n<div class=\"rank-math-answer \">\n\n<p>La implantaci\u00f3n de IA puede formar parte de una causa t\u00e9cnica u organizativa que justifique una reestructuraci\u00f3n, pero no constituye por s\u00ed sola una causa autom\u00e1tica de despido. La empresa debe acreditar el cambio producido y su relaci\u00f3n con la necesidad de amortizar el puesto.<\/p>\n\n<\/div>\n<\/div>\n<div id=\"faq-question-1793631883779\" class=\"rank-math-list-item\">\n<h3 class=\"rank-math-question \">\u00bfLa inteligencia artificial es una nueva causa de despido?<\/h3>\n<div class=\"rank-math-answer \">\n\n<p>No. El Estatuto de los Trabajadores no establece la inteligencia artificial como una causa aut\u00f3noma. Su implantaci\u00f3n puede integrarse, dependiendo de las circunstancias, en las causas t\u00e9cnicas u organizativas previstas en el art\u00edculo 51.<\/p>\n\n<\/div>\n<\/div>\n<div id=\"faq-question-1793631892971\" class=\"rank-math-list-item\">\n<h3 class=\"rank-math-question \">\u00bfQu\u00e9 debe demostrar una empresa para justificar un despido por IA?<\/h3>\n<div class=\"rank-math-answer \">\n\n<p>Debe poder acreditar qu\u00e9 transformaci\u00f3n tecnol\u00f3gica se ha producido, c\u00f3mo afecta al proceso de trabajo, qu\u00e9 funciones se modifican o desaparecen y por qu\u00e9 existe una relaci\u00f3n entre esa transformaci\u00f3n y la necesidad de reducir determinados puestos.<\/p>\n\n<\/div>\n<\/div>\n<div id=\"faq-question-1793631902041\" class=\"rank-math-list-item\">\n<h3 class=\"rank-math-question \">\u00bfBasta con mencionar la IA en la carta de despido?<\/h3>\n<div class=\"rank-math-answer \">\n\n<p>No. La mera referencia a una herramienta tecnol\u00f3gica no acredita por s\u00ed misma la existencia de una causa ETOP. La empresa debe explicar el impacto real de la tecnolog\u00eda sobre la organizaci\u00f3n y el puesto afectado.<\/p>\n\n<\/div>\n<\/div>\n<div id=\"faq-question-1793631911590\" class=\"rank-math-list-item\">\n<h3 class=\"rank-math-question \">\u00bfLa empresa tiene que despedir a las personas cuyas tareas pueden automatizarse?<\/h3>\n<div class=\"rank-math-answer \">\n\n<p>No necesariamente. La transformaci\u00f3n tecnol\u00f3gica puede dar lugar a reorganizaciones, redistribuci\u00f3n de funciones, formaci\u00f3n o adaptaci\u00f3n de puestos, adem\u00e1s de posibles extinciones cuando concurran las causas y requisitos legales correspondientes.<\/p>\n\n<\/div>\n<\/div>\n<div id=\"faq-question-1793631921223\" class=\"rank-math-list-item\">\n<h3 class=\"rank-math-question \">\u00bfQu\u00e9 diferencia hay entre un despido objetivo y un despido colectivo por IA?<\/h3>\n<div class=\"rank-math-answer \">\n\n<p>El despido objetivo por causas empresariales puede utilizarse cuando concurren las causas previstas legalmente y el n\u00famero de extinciones queda por debajo de los umbrales del art\u00edculo 51. Cuando se alcanzan esos umbrales dentro del periodo legal de referencia, debe tramitarse un despido colectivo conforme al procedimiento correspondiente.<\/p>\n\n<\/div>\n<\/div>\n<div id=\"faq-question-1793631934266\" class=\"rank-math-list-item\">\n<h3 class=\"rank-math-question \">\u00bfQu\u00e9 importancia tiene la documentaci\u00f3n en una reestructuraci\u00f3n basada en IA?<\/h3>\n<div class=\"rank-math-answer \">\n\n<p>Es esencial. La empresa debe poder acreditar la transformaci\u00f3n del proceso productivo, su impacto sobre las funciones y los criterios utilizados para determinar los puestos afectados. La documentaci\u00f3n debe construirse antes y durante el proceso, no \u00fanicamente cuando aparece una impugnaci\u00f3n.<\/p>\n\n<\/div>\n<\/div>\n<div id=\"faq-question-1793631943776\" class=\"rank-math-list-item\">\n<h3 class=\"rank-math-question \">\u00bfQu\u00e9 ha dicho el TSJ de Madrid sobre los despidos vinculados a la IA?<\/h3>\n<div class=\"rank-math-answer \">\n\n<p>La Sentencia 864\/2026, de 8 de octubre, analiza un ERE de una empresa de videojuegos y considera que la inteligencia artificial puede integrarse en las causas t\u00e9cnicas u organizativas cuando existe una transformaci\u00f3n real del proceso productivo. No obstante, el alcance debe interpretarse con cautela porque se trata de una sentencia de un TSJ y el despido de la modeladora 3D que estaba directamente vinculado a la IA no fue recurrido ante el Tribunal.<\/p>\n\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>\n<\/div>","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La implantaci\u00f3n de inteligencia artificial puede formar parte de una reestructuraci\u00f3n empresarial, pero no constituye por s\u00ed sola una causa autom\u00e1tica de despido La incorporaci\u00f3n de herramientas de inteligencia artificial est\u00e1 transformando la organizaci\u00f3n de muchas empresas. La automatizaci\u00f3n de determinadas tareas, la reducci\u00f3n de tiempos de producci\u00f3n y la aparici\u00f3n de nuevas formas de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":13,"featured_media":9227,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"footnotes":""},"categories":[47,11],"tags":[283,123,94,282,142,95,96,141],"class_list":["post-9217","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-derecho-laboral","category-adv","tag-causas-etop","tag-derecho-laboral","tag-despido-colectivo","tag-despido-objetivo","tag-inteligencia-artificial","tag-recursos-humanos","tag-reestructuracion-empresarial","tag-tecnologia"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/suarezdevivero.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/9217","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/suarezdevivero.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/suarezdevivero.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/suarezdevivero.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/13"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/suarezdevivero.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=9217"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/suarezdevivero.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/9217\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":9219,"href":"https:\/\/suarezdevivero.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/9217\/revisions\/9219"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/suarezdevivero.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media\/9227"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/suarezdevivero.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=9217"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/suarezdevivero.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=9217"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/suarezdevivero.com\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=9217"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}